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Han sido publicadas en el BORM las bases reguladoras de las subvenciones del INFO dirigidas a PYMES y autónomos para la realización de inversiones tecnológicas y productivas.

 

Beneficiarios: 

  • Autónomos o personas jurídicas que se enfrenten a una falta de liquidez que realicen inversiones en centros de trabajo radicados en la Región de Murcia.
  • Actividad incluida en la sección C del CNAE 2009 Industrias Manufactureras o en el epígrafe 72.1, Investigación y desarrollo experimental en ciencias naturales y técnicas. (Puede comprobar si su actividad está incluida en dicha sección pulsando aquí)
  • Las empresas dedicadas a la producción del sector primario no están incluidas.

 

Requisitos:

Para acceder a esta ayuda, se ha de realizar una inversión que cumpla con las siguientes condiciones:

  • El proyecto de inversión podrá estar iniciado desde el 1 de marzo de 2020.
  • Inversión mínima elegible de 100.000 euros

Asimismo, los costes subvencionables:

  • Adquisición de activos materiales e inmateriales nuevos, provenientes de terceros, excluidas las adquisiciones a empresas del grupo o partes vinculadas.
  • Coste del informe de revisión de la cuenta justificativa realizado por auditor ROAC.
  • Quedan excluidas las compras de terrenos, edificios, elementos de transporte exterior y obra civil.

Cuantía de la subvención:

La cuantía máxima de subvención a aportar por el Instituto de Fomento a cada beneficiario se establecerá en cada convocatoria, no pudiendo exceder en ningún caso de doscientos cincuenta mil euros (250.000 €) con cargo a cada convocatoria en concepto de subvención bruta y la intensidad máxima podrá alcanzar hasta un 35% sobre los costes elegibles, para las empresas medianas, 40% para pequeñas empresas y un 45% para microempresa y autónomos.

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