La polémica sobre los fijos discontinuos ya no se limita al dato de paro que elabora el SEPE. La Tesorería General de la Seguridad Social mantiene en revisión y sin actualizar desde septiembre la estadística que clasifica las bajas de afiliación según su causa. La razón, aclarar no solo las dudas que suscita la situación de estos trabajadores al dejar de trabajar, sino también su impacto en las dimisiones.
Se trata de una cuestión que repercute tanto en las cifras de desempleo como en el gasto en prestaciones. Y es que, a diferencia de los temporales, cuando acaba la tarea para la que se les ha llamado, a estos trabajadores se les da de baja como afiliados, pero como motivo se apunta un “pase a la inactividad” siempre y cuando el contrato siga vigente. En este caso, se considera que esperan un nuevo llamamiento por parte de la empresa y no cuentan como parados sino como demandantes con relación laboral con derecho a prestación. Por otro lado, si el motivo es un despido (que extingue el contrato) pasan a la casilla del paro.
Pero si rechazan el llamamiento, se considera una renuncia del propio trabajador, en cuyo caso seguirían siendo demandantes, pero no tendrían derecho a prestación. Es decir, la clave para que se consideren parados o no está en el motivo por el que no está trabajando. Y para determinarlo es fundamental el cruce de los datos que registra la Seguridad Social.