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El paro, la prestación contributiva por desempleo, es la gran prestación del Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) y la que se destina a los trabajadores que han perdido su trabajo por diversas razones. Esta ayuda se concibe como un salvavidas, pero no como un recurso al que acudir siempre que se desee.

El objetivo a todos los niveles gubernamentales es incentivar la búsqueda de empleo, por lo que no siempre se puede cobrar cuando una persona deja de trabajar. Dado que la premisa fundamental es mantener a los trabajadores en el mercado laboral, no se permite el cobro de la prestación contributiva por desempleo a las personas que se dejan su trabajo de forma voluntaria… Salvo en muy contadas excepciones.

La clave está en conocer qué marchas voluntarias del trabajador se incluyen dentro de los supuestos que se entienden como una situación legal de desempleo, criterio imprescindible para el cobro del paro. Esto solo tendrá lugar cuando la marcha de dicho trabajador tenga lugar en circunstancias que le son desfavorables o perjudiciales en su empresa.

Cuándo puede cobrar el paro

El SEPE explica en su página web que existen hasta tres supuestos diferentes en los que la “decisión de la persona trabajadora de finalizar la relación laboral” se considera una situación legal de desempleo:

-La modificación sustancial por parte de la empresa de las condiciones de trabajo del empleado. Aquí entran el horario, la jornada, el régimen de trabajo a turnos, el sistema de remuneración y cuantía salarial o las funciones si exceden de la movilidad funcional.

-La falta de pago o el retraso continuo en el pago del salario pactado, además del resto de incumplimientos del empresario.

-El traslado del centro de trabajo si ello implica un cambio de residencia para el trabajador.

En todos estos casos, a pesar de que la decisión proviene de parte del trabajador, se considera que es involuntaria y que se hace de manera forzada por el cambio en las condiciones de trabajo, impagos o retrasos en el abono del salario o el traslado del centro de trabajo, medidas todas ellas que perjudican a dicho trabajador.

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