El pasado 23 de noviembre de 2013 se publicó en el Boletín Oficial de la Región de Murcia, el Decreto nº 136/2013, por el que se regula la concesión directa de determinadas subvenciones en el ámbito del empleo juvenil, del que desarrollamos a continuación los aspectos más destacados:

Este Decreto contempla diversas medidas dirigidas a la concesión de subvenciones para fomentar la contratación indefinida o temporal y el fomento del autoempleo para mejorar la empleabilidad en el ámbito del empleo juvenil. En todo caso, será requisito que los jóvenes sean menores de 30 años y estén inscritos como demandantes de empleo.

Estas subvenciones o ayudas serán las siguientes:

a) Subvenciones para el establecimiento de jóvenes menores de 30 años, desempleados e inscritos como demandantes de empleo, como trabajadores que realicen una actividad por cuenta propia en la Región de Murcia. Se habrá de mantener la actividad como mínimo durante dos años.

b) Subvenciones para la contratación indefinida de jóvenes menores de 30 años, desempleados e inscritos como demandantes de empleo por las empresas de la Región de Murcia (El centro de trabajo debe estar ubicado en la Región de Murcia). Se habrá de mantener la actividad como mínimo durante dos años.

c) Subvenciones para la contratación temporal de jóvenes menores de 30 años, desempleados e inscritos como demandantes de empleo por las empresas de la Región de Murcia. Se habrá de mantener la contratación como mínimo durante todo el periodo de tiempo subvencionado.

d) Becas a los alumnos participantes en los Programas Mixtos de Empleo-Formación (jóvenes menores de 25 años).

e) Becas a los alumnos desempleados entre 18 y 24 años que accedan a los estudios de educación secundaria para personas adultas.

Las cuantías de las subvenciones serán las siguientes (dependiendo del colectivo al que pertenezca el trabajador) respecto del autoempleo y las contrataciones:

– Autoempleo:

Entre 6.000 y 10.000 euros.

– Contratación Indefinida:

Entre 5.000 y 8.000 euros a tiempo completo y entre 3.000 y 4.800 euros a tiempo parcial (al menos debe ser del 50% de la jornada completa)

– Contratación temporal:

Máximo de 400 euros por cada mes de contrato a jornada completa. La duración mínima del contrato será de seis meses y la subvención no podrá superar los doce meses.

La forma de presentar las solicitudes y la documentación a acompañar así como la forma de pago se ajustará a lo que se prevea en las disposiciones de desarrollo que se dicten. También procederá el reintegro total o parcial según lo que estipulen las disposiciones que se desarrollen al respecto.

Quedamos a su disposición para resolver cualquier duda sobre estos aspectos o bien, para cualquier otro que les pudiera surgir.

Imagen (Flickr – CC)

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