El pasado 1 de abril entró en vigor la Nueva Ley de Patentes 24/2015, de 24 de julio. Esta nueva norma, que reemplaza la de 1986, pone a España al mismo nivel que los países de nuestro entorno.
Les presentamos un pequeño resumen de las novedades que presenta la nueva Ley de Patentes, cabe destacar que los cambios introducidos en esta nueva legislación son realmente reformas de calado y concederá a la nueva ley de una solidez desconocida hasta el momento y un mayor nivel de garantías legales sobre su contenido. Estas son las novedades más importantes:
1. Examen por defecto
Es la novedad más importante de esta nueva norma. La LP prevé suprimir el sistema actual de concesiones de patentes sin examen, con la implantación de un procedimiento único que verificará de oficio la novedad y actividad inventiva. A partir de ahora, todas las solicitudes deberán pasar un examen previo y obligatorio, que hasta ahora era opcional, para verificar que se cumplen todos los requisitos de patentabilidad.
Este nuevo sistema reforzará la seguridad jurídica de las patentes concedidas.
2. Nuevas sustancias patentables
Una Novedad importante que presenta la nueva Ley la posibilidad de patentar sustancias y composiciones ya conocidas para su uso como medicamento o nuevas aplicaciones terapéuticas.
La nueva LP permitirá presentar solicitudes para sustancias ya conocidas. Para solventar este aspecto, el nuevo texto legislativo indica que la novedad radicará, en este caso, en que se haya encontrado un uso terapéutico para esa sustancia.
3. Modelo de utilidad
La figura del modelo de utilidad es la figura que más va a cambiar con la nueva entrada en vigor de la LP, a partir de ahora:
- La novedad exigida deberá de ser mundial.
- Con el nuevo marco legislativo también se podrán patentar composiciones químicas, antes estaba limitado exclusivamente a los inventos relacionados con los objetos.
- Por último, en caso de infracción, será obligatorio acompañar la demanda de un IET”.
4. Tasas
- La introducción del examen previo implicará un incremento de las tasas.
- Las tasas que hay que pagar por el Informe sobre el Estado de la Técnica (IET) deberán abonarse en el momento de presentar la solicitud, algo que no sucedía con la norma de 1986.
5. Reducciones Económicas
La LP ha introducido una serie de reducciones económicas, entre las que hay que destacar la efectuada a emprendedores y pymes, que contarán con una rebaja del 50% de la tasa de solicitud, IET, examen y de la 3ª, 4ª y 5ª anualidad.
Otro actor afectado por el cambio normativo es el universitario, que hasta ahora no pagaba tasas y ahora tendrá que hacerlo, aunque también recibirá una bonificación del 50% en las tasas abonadas para la obtención y mantenimiento de la patente.