Desde el pasado 8 de agosto de 2015 han entrado en vigor una serie de importantes modificaciones en el impuesto de sucesiones y donaciones de aplicación en la Región de Murcia.

Impuesto de sucesiones

Bonificación del 50% de la cuota a pagar para los parientes más cercanos con carácter general

Se introduce una bonificación en la cuota del 50% para los parientes más cercanos de edad igual o mayores de 21 años(cónyuge, ascendientes y descendientes)

Reducción por adquisición de metálico o bienes inmuebles destinado a la constitución o adquisición de empresa individual, negocio profesional o a la adquisición de participaciones en entidades

Se amplía la reducción del 99% en la adquisición de metálico o bienes inmuebles en la herencia con los fines arriba indicados también a los supuestos de AMPLIACIÓN de negocio individual y además se elimina el límite de 300.000 € de base imponible sobre los que se podía aplicar la reducción.

Reducción por adquisición de explotaciones agrícolas

El plazo durante el cual había que mantener la explotación agrícola heredada con una reducción del 99% de su valor tenía que ser de 10 años. Tras la reforma dicho plazo de mantenimiento tan solo es de 5 años.

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