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Tenemos el placer de informarle acerca de las novedades en la Ley de Presupuestos Generales de la Región de Murcia para el año 2019.

En materia de IRPF en cuanto al tramo autonómico

1. Se crea a partir de enero 2019 (declaración que se hace en el año 2020) una deducción por nacimiento de hijo conforme a la siguiente escala:

  • 100 euros si se trata del primer hijo.
  • 200 euros si se trata del segundo hijo.
  • 300 euros si se trata del tercer hijo o sucesivos.

Esta deducción se aplicará por mitades cuando ambos progenitores tengan derecho a ella.

2. Se mejoran las deducciones autonómicas para los gastos de guardería y es que a partir de enero 2019 (declaración que se hace en el año 2020).

  • el porcentaje de gastos de guardería deducibles asciende al 20% frente al 15% actual.
  • el tope máximo de deducción en la cuota por hijo asciende hasta los 1.000 € frente a los 330 € anteriores.
  • el niño puede tener más de 3 años porque no es la edad, sino el hecho de cursar el primer ciclo de educación infantil lo que da derecho a la deducción (los niños que cumplían 3 años en enero en la guardería perdían a partir de ese momento el derecho a la deducción).
  • da derecho a la deducción el pago de la matrícula, preinscripción, gastos de comedor, guardería y ropa de uso exclusivo escolar (se entiende que uniformes).

En materia de impuesto de sucesiones y donaciones

Se equiparan las parejas de hecho constituidas conforme a la legislación autonómica de la CARM o de otras comunidades a los cónyuges a los efectos de ser beneficiarios de las reducciones y bonificaciones que tienen los cónyuges en el impuesto de sucesiones y donaciones. Hasta la fecha las parejas de hecha tributaban como si fueran extraños.

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