Próximo el final del ejercicio queremos recordar las deducciones que se puede llevar a cabo antes que termine el mismo, con el fin de conseguir un posible ahorro fiscal en su próxima Declaración sobre la Renta:
- Transmisión de inmuebles adquiridos durante el ejercicio 2016 entre el 12 de mayo y el 31 de diciembre (su transmisión posterior tiene una exención del 50%)
- Contratos de fomento del empleo al amparo de la reforma laboral (2016).
- Gastos de guardería.
- Alquiler de vivienda habitual.
- Adquisición, rehabilitación y ampliación de vivienda habitual (antes del 31/12/16).
- Adquisición de vivienda habitual de nueva construcción por personas menores de 35 años en la Región de Murcia o rehabilitación de la misma (antes del 31/12/16).
- Deducción por inicio de nuevas actividades económicas.
- Deducción por reinversión en acciones o participaciones en empresas de nueva o reciente creación.
- Deducción por inversión de beneficios en elementos nuevos del inmovilizado material.
- Aportaciones a planes de pensiones y mutualidades.
- Donaciones a ciertas entidades benéfico-sociales reconocidas.
- Inversiones empresariales en activos fijos nuevos.
- Aportaciones a partidos políticos.
- Instalación de dispositivos de ahorro de agua.