¿Quién puede solicitar la ayuda?

Sociedades mercantiles privadas que realicen una actividad industrial productiva, especialmente las PYME´S.

¿Qué tipo de actuaciones son financiables?

1. Programa de reindustrialización:
. Creación, ampliación o traslado de instalaciones industriales.

2. Inversiones estructurales en planes de mejora en empresas industriales:
. Incorporación de tecnologías innovadoras a productos y procesos de producción.
. Implantación de sistemas avanzados de producción.
. Aumento de la eficiencia energética del producto o los procesos de producción.
. Incremento de la eficiencia del proceso.
. Reducción del impacto ambiental de los productos.
. Adaptación de la producción a futuras normas comunitarias.

¿Qué conceptos son financiables?

1. Programa de reindustrialización:
. Obra civil
. Edificaciones
. Activos materiales directamente asociados a la producción, excluidos los elementos de transporte exterior.

2. Inversiones estructurales en planes de mejora empresarial:
. Activos materiales: inversiones y bienes de equipo directamente asociados a las mejoras planteadas.
. Activos inmateriales: activos vinculados a la transferencia de tecnología.
. Gastos de ingeniería de desarrollo.

¿A cuánto pueden ascender las ayudas?

El presupuesto mínimo de inversión financiable es de 100.000€ para PYMES y 750.000€ para grandes empresas.

La financiación llegará al 60% en proyectos de nueva creación de establecimientos industriales y el 70% para el resto. Las PYMES pueden recibir un 5% adicional.

¿Habrá que aportar algún tipo de garantía?

Se exigirá la constitución en el momento de la solicitud de un aval prestado por entidad de crédito o sociedad de garantía recíproca. El importe será del 10% si la sociedad ha presentado cuentas en el Registro Mercantil en los tres últimos ejercicios y su resultado neto ha sido positivo, y del 25% en caso contrario.

Stone Litography. Imagen con licencia Creative Commons del álbum en Flickr de Peter Van Lacker

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