Os dejamos algunas deducciones para la Renta que debes tener en cuenta antes de que finalice el año. Claves para deducir en tu declaración de la Renta.
Hemos estado en COPE y nuestro compañero Antonio Robles, que es responsable del área fiscal de Serveco Asesores, ha hablado de un tema de mucho interés para todos, porque ya está acabando el año y enseguida tenemos que preparar los documentos para poder tener deducciones en la declaración de la renta.
Noviembre y diciembre son meses idóneos para que la gente haga una recopilación de todos los papeles (facturas, etc.) que puedan ser deducibles. Porque hay deducciones.
Conviene aclarar que el impuesto de la renta es un impuesto que está dividido en su gestión entre el Estado y las comunidades autónomas. Hay deducciones que son sólo del Estado, y hay deducciones que son de la Comunidad Autónoma, en concreto de la de Murcia, que es donde nos encontramos, pero éstas requieren tener alguna documentación preparada antes del 31 de diciembre.
A la hora de hablar de deducciones en la Renta, solemos tener en mente, entre otras, una segunda vivienda. No sé si podemos deducirla. O tenemos un plan de pensiones… Cuéntanos un poco las claves, el ABC de las grandes deducciones.
Deducciones que ya existieran, por ejemplo, son las aportaciones a los planes de pensiones. Eso ha sido una cosa que siempre ha existido. Antes se permitía hacer más aportaciones, en una cantidad superior hasta 8.000 euros. Ahora se ha rebajado muy sensiblemente y se ha metido hasta 1.500 euros la general. Si bien los autónomos tienen un límite adicional de 4.250 euros más.
A nivel de comunidad autónoma, por ejemplo, una deducción que hoy nos encontramos es la del arrendamiento de la vivienda, para los jóvenes menores de 40 años, pero que muchas veces patina. ¿Y por qué patina? Patina por algo que se puede corregir, ahora que todavía no ha terminado el año, y es que cuando una persona joven arrienda una vivienda, tiene que cumplir con una obligación que corre a su cargo, a cargo del inquilino, que es lo que decimos nosotros de pasar el contrato por la Comunidad Autónoma.
Eso no es una obligación del casero, es una obligación del inquilino. Tiene que liquidar el contrato de impuestos en la Comunidad Autónoma para poderse aplicar la deducción de arrendamiento de vivienda; no hay que pagar ningún impuesto, pero es un requisito que exige la norma para que uno se pueda deducir hasta el 10% de las cantidades que paga por el arrendamiento (siempre y cuando reúna el resto de requisitos).
Eso es un requisito fundamental y que nosotros ya cuando hacemos la renta en abril, mayo, junio, muchas veces nos encontramos que no se cumple y ya no tiene vuelta atrás, porque se tenía que haber hecho antes de 31 de diciembre.
Otra cosa a tener en cuenta es que hasta este año 2025 se puede acceder a las deducciones que existen para hacer reformas energéticas en tu casa, deducciones que pueden consistir en, por ejemplo, una de las más comunes suele ser la de instalar placas solares.
¿Cuál es uno de los requisitos fundamentales que hay que tener muy en mente? Es que uno tiene que tener un certificado de eficiencia energética hecho antes de que se inicien las obras y no vale el que te dieron cuando compraste la casa si tiene más de dos años de antigüedad. Entonces es muy importante que cuando vayas a contratar esto con la empresa que te va a hacer la instalación, no te olvides de pedir el certificado de eficiencia energética antes de iniciar las obras, porque luego tendrán que darte uno después y así la agencia tributaria comprueba que efectivamente pues ha habido un ahorro como consecuencia de las obras.
En Serveco nos encontramos en muchas ocasiones con que falta el de antes, la gente piensa que tenía uno, porque cuando compras la casa te dan uno, pero no te vale porque tiene más de dos años de antigüedad.
Son cosas de este tipo con las que tenemos que ser muy cuidadosos a la hora de cerrar el año.
Este año, además, como novedades interesantes que se han implementado para este 2025 tenemos, como ya he dicho, el que se ha renovado un año más la deducción por reformas energéticas en la casa, se ha renovado un año más la deducción por la adquisición de coches eléctricos, que te permite poder deducirte hasta 3.000 euros por la compra de un coche eléctrico; también tienes una deducción por instalar un punto de recarga en tu garaje, que puede llegar hasta los 600 euros, y también a nivel ya de Comunidad Autónoma de Murcia tienes deducciones que se han introducido, como por ejemplo, el que te puedas deducir una cantidad de lo que pagas por ir al gimnasio; te puedes deducir también una cantidad de lo que pagas por adquirir productos como gafas o lentillas para tus hijos menores de 12 años; la gente que tiene animales domésticos también tiene la posibilidad de tener una reducción por las facturas que conllevan el cuidado de sus mascotas.
En definitiva, es conveniente que la gente sepa o conozca las deducciones existentes, para que cuando uno compre uno de estos servicios deducibles, pues si le dan un tique y no sabe que no puede pagarse en efectivo, lo pague con tarjeta de crédito, ya que es una pena que, a lo mejor ha pagado su inscripción en el gimnasio, en un club deportivo, o bien ha pagado la factura de las lentillas en efectivo, es decir las ha pagado a cambio de un tique, y luego cuando vuelva a la óptica o al gimnasio, o vuelve al veterinario a que le den una factura, se encuentran con que no se localiza esa factura o no se puede modificar dicha factura en los términos que ellos necesitan y, por tanto, se pierde esa deducción.
¿hay que hacer caso cien por cien, a pie juntillas, al borrador de la Renta que nos manda Hacienda? Pues mucha gente lo hace de manera mecánica, no tiene mucho que deducir…, ¿o hay que mirarlo muy bien?
Es conveniente echarle un vistazo, por varios motivos, porque es verdad que la informática tributaria es una herramienta cada vez más poderosa, es decir, la Agencia Tributaria maneja unos volúmenes de información que, de verdad, nosotros como asesores a veces nos quedamos asombrados de lo que sale en los borradores y que antes no salía, pero lo normal es que el borrador esté bien. Pero todas estas deducciones autonómicas que hemos visto (de los veterinarios, de los libros de texto, del alquiler de viviendas…), al ser deducciones autonómicas, y que no se tiene tanto control por parte de la agencia estatal, pues es ahí donde se suelen perder muchas deducciones en detrimento del contribuyente. En definitiva, revisar el borrador ya no es tanto porque Hacienda no te lo calcule bien, que lo normal es que esté bien hecho, sino por el hecho de que no se te pierdan deducciones a las que tendrías derecho y que la agencia por estar cedidas a las comunidades autónomas no las incorpora, de momento, automáticamente. Sí es conveniente echarle un vistazo por no perder deducciones.
Pues aquí os dejamos los consejos de un especialista como Antonio Robles, responsable del área fiscal de Serveco Asesores, tras su entrevista en COPE.
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