La Región de Murcia ha aprobado en fechas recientes el Decreto 256/2019 por el que se regulan las viviendas de uso turístico en la Región de Murcia.Este Decreto entra en vigor el día 18 de noviembre de 2019.
- Son viviendas de uso turístico aquellas que se alquilan con fines vacacionales, amuebladas y equipadas en condiciones de uso inmediato, publicitadas por cualquier canal de oferta turística.
- Se podrá alquilar toda la vivienda o por habitaciones, pero si se alquila por habitaciones, la explotación económica solo se podrá hacer por el dueño de la vivienda, que debe figurar empadronado en dicha vivienda.
- Se considera que la actividad se hace con habitualidad si se contrata un alojamiento dos o más veces en el año o una sola en el año, pero repetidamente en años sucesivos.
- Los titulares de la vivienda objeto de uso turístico, con carácter previo a los alquileres, han de presentar ante el Instituto de Turismo de la Región de Murcia una declaración responsable para la clasificación turística de que todos los requisitos de este Decreto se cumplen debidamente.
- Se ha suscribir un seguro de responsabilidad civil con una cobertura mínima de 300.000 € en daños.
- Es obligatoria la existencia de un responsable del alojamiento, cuyos datos deben ser facilitados al cliente.
- Las viviendas deberán de contar con hojas de reclamaciones y cartel que anuncie que existen.
- Las multas por no cumplir este Decreto pueden ir desde los 1.000 € hasta los 10.000 €.
Enlace: Publicación número 6433 del BORM número 242 de 19/10/2019