Las empresas deberán entregar a sus trabajadores un documento con una extensa información sobre las características de la relación laboral que mantiene con cada uno de ellos. Esta medida se deberá aplicar una vez que entre en vigor la Transposición de la Directiva relativa a unas condiciones laborales transparentes y previsibles en la Unión Europea, que ha sido publicada en el Diario Oficial de la UE (DOUE). Esta información se deberá proporcionar en papel o ser siempre accesible para el trabajador para que pueda almacenar e imprimir.
El docuemnto incluirá datos como la identidad de las partes de la relación laboral y el lugar de trabajo. También deberá constar el cargo, el grado y la naturaleza o categoría del trabajo para el que se ha empleado al trabajador, o una breve caracterización o descripción del trabajo. Además, también la fecha de comienzo de la relación laboral (si ésta es de duración determinada, se deberá incluir la fecha de finalización o la duración prevista de dicha relación laboral).
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