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Para el modelo 347 del año 2014 que se presenta en febrero de 2015 se han introducido varias novedades que les comentamos a continuación.

Modelo 180

Los arrendatarios deberán consignar en el modelo 180 también la referencia catastral del inmueble para de esta manera liberar a los arrendadores de presentar el modelo 347.

Si el arrendamiento no está sujeto a retención el arrendador deberá presentar el 347 como siempre.

Nuevos obligados a presenta 347

Como novedad, las comunidades de propietarios de edificios tienen obligación de presentar el 347 por todas sus compras de bienes y servicios y ello con independencia de si realizan alguna actividad sujeta a IVA o no. En este caso la información NO se desglosa por trimestres sino que se da en cómputo anual. NO SE DECLARARAN por las comunidades de propietarios los consumos de energía eléctrica, agua, combustibles y seguros de carácter comunitarios.

Los empresarios que estén en módulos de IVA también han de presentar modelo 347 declarando trimestralmente los importes de sus adquisiciones de bienes y servicios. Así como determinadas entidades de carácter social exentas de IVA.

Operaciones con inversión del sujeto pasivo

Estas operaciones se declararán separadamente de las que se hagan con respecto a un mismo cliente/proveedor y que no tengan esta particularidad.

Empresas “normales” que RECIBEN operaciones acogidas a criterio de caja

Se consignará la información solo en cómputo anual y se indicarán los importes conforme al criterio normal de devengo y los importes conforme al criterio de caja. El resto de operaciones que no estén en régimen de caja se declararán normalmente. Las operaciones que un empresario “normal” le haga a un empresario en régimen de caja se declararan normalmente, esto es, solo conforme al criterio de devengo y desglosando trimestralmente.

Empresas acogidas al régimen de caja

Se consignará la información DE TODAS LAS OPERACIONES (COMPRAS Y VENTAS) solo en cómputo anual y se indicarán los importes conforme al criterio normal de devengo y los importes conforme al criterio de caja.

Imagen (Flickr – CC)

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