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El Tribunal Económico Administrativo Central (TEAC) ha anulado una sanción en una resolución del 16 de enero de 2019 a un contribuyente por presentar su declaración de bienes en el extranjero pese a que Hacienda consideraba que no había justificado el origen del patrimonio declarado. El Tribunal considera que basta con que los indicios existentes sobre la obtención de rentas declaradas sean verosímiles y suficientes para acreditar la conexión con la titularidad de bienes en el extranjero, aunque no se tenga documentación.

La  Inspección pudo comprobar que existió un ejercicio de actividad económica de la contribuyente, que tributó en régimen de módulos durante varios ejercicios, un beneficio por la venta del local de dicha actividad, y la carencia de otras fuentes de renta tras la jubilación y consiguiente disminución de su patrimonio.

Más información: ElEconomista

 

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