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Conforme al artículo 1 de la Ley 9/2009 de 6 de Octubre, de ampliación de la duración del permiso de paternidad en los casos de nacimiento, adopción o acogida que modifica el artículo 48 bis del Estatuto de los Trabajadores, desde el 1 de Enero de 2017 el permiso de paternidad será de cuatro semanas ininterrumpidas, ampliable en el supuesto de parto, adopción o acogimiento múltiple en dos días más por cada hijo a partir del segundo.

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